Constitución de 1812: ¿De qué tipo es?
Liberal (monarquía constitucional, carácter revolucionario/cadiz).
Constitución de 1812: ¿Cómo se establece la división de poderes?
Poder legislativo en las Cortes con el rey (participa con sanción), poder ejecutivo en el rey y sus ministros, poder judicial en tribunales.
Constitución de 1812: ¿Qué soberanía proclama?
Soberanía nacional.
Constitución de 1812: ¿Qué derechos y principios fundamentales reconoce?
Igualdad jurídica, libertad de imprenta (con límites), garantías procesales (legalidad), y confesionalidad católica (no libertad religiosa).
Constitución de 1812: ¿Cómo es la relación Iglesia-Estado?
Estado confesional católico; la religión católica es la única de la Nación.
Constitución de 1812: ¿Qué tipo de Cortes establece?
Cortes unicamerales.
Constitución de 1812: ¿Qué sufragio establece?
Sufragio universal masculino indirecto (por grados), con requisitos/censores indirectos según el sistema electoral.
Estatuto Real de 1834: ¿De qué tipo es?
Carta otorgada (monarquía moderada, no constitución en sentido pleno).
Estatuto Real de 1834: ¿Cómo es la división de poderes?
Carta otorgada: predominio de la Corona; Cortes con función legislativa limitada y poder ejecutivo fuerte del rey.
Estatuto Real de 1834: ¿Qué soberanía refleja?
Soberanía compartida de hecho, con primacía real (no proclama soberanía nacional).
Estatuto Real de 1834: ¿Qué derechos fundamentales reconoce?
No incluye declaración sistemática de derechos.
Estatuto Real de 1834: ¿Cómo es la relación Iglesia-Estado?
Estado confesional católico (sin libertad religiosa).
Estatuto Real de 1834: ¿Qué tipo de Cortes establece?
Bicamerales: Estamento de Próceres y Estamento de Procuradores.
Estatuto Real de 1834: ¿Qué sufragio establece?
Censitario muy restringido (basado en renta/capacidad).
Constitución de 1837: ¿De qué tipo es?
Progresista-moderada de transacción (liberal).
Constitución de 1837: ¿Cómo se establece la división de poderes?
Monarquía constitucional: legislativo en Cortes con el rey, ejecutivo en el rey, judicial en tribunales.
Constitución de 1837: ¿Qué soberanía proclama?
Soberanía nacional (con papel relevante de la Corona).
Constitución de 1837: ¿Qué derechos fundamentales reconoce?
Declaración de derechos: libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, garantías judiciales y otros derechos individuales.
Constitución de 1837: ¿Cómo es la relación Iglesia-Estado?
Estado confesional: se compromete a mantener el culto y clero católicos; tolerancia religiosa práctica limitada (no plena libertad de cultos).
Constitución de 1837: ¿Qué tipo de Cortes establece?
Bicamerales: Congreso de los Diputados y Senado.
Constitución de 1837: ¿Qué sufragio establece?
Censitario (amplio respecto a 1834, pero no universal).
Constitución de 1845: ¿De qué tipo es?
Moderada (liberal conservadora).
Constitución de 1845: ¿Cómo se establece la división de poderes?
Monarquía moderada: soberanía y poder legislativo compartidos Cortes-Rey; ejecutivo fuerte del rey; judicial en tribunales.
Constitución de 1845: ¿Qué soberanía proclama?
Soberanía compartida Rey-Cortes.