¿Como se reforma el IFE en el 2014?
Una Nueva Autoridad Electoral de Carácter Nacional: El Instituto Nacional Electoral (2014) ◦La reforma constitucional en materia política-electoral, publicada el 10 de febrero de 2014 rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó el Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE), a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. ◦Además de organizar los procesos electorales federales, el INE se coordina con los organismos electorales locales para la organización de los comicios en las entidades federativas. ◦El Consejo General del INE se compone de 11 ciudadanos elegidos por la Cámara de Diputados. Uno de ellos funge como Consejero Presidente y los 10 restantes como Consejeros Electorales. ◦El INE cuenta con un Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) para asegurar la imparcialidad y profesionalismo de todos los funcionarios que participan en la organización de elecciones, tanto a nivel federal como local. ◦El Consejo General del INE designa a los consejeros de los organismos electorales locales y puede asumir funciones que le corresponden a dichos institutos en los casos que la Ley prevea. ◦De acuerdo con la reforma constitucional, entre las funciones principales del INE se encuentran las siguientes: a) Organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos a petición de estas organizaciones. b) Garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos del Estado en radio y televisión, para que puedan difundir sus campañas. c) Verificar que se cumpla el requisito mínimo (2% de la lista nominal) para solicitar el ejercicio de las consultas populares y realizará las actividades necesarias para su organización, incluido el cómputo y la declaración de resultados. d) Fiscalizar los recursos de los partidos políticos nivel federal y local en forma expedita, es decir, en el transcurso de las campañas y no una vez que terminen.
¿Qué es el Instituto Nacional Electoral?
El Instituto Nacional Electoral es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales, es decir, la elección del Presidente de la República, Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión, así como organizar, en coordinación con los organismos electorales de las entidades federativas, las elecciones locales en los estados de la República y el Distrito Federal. Evolucionamos a una nueva autoridad electoral de carácter nacional: Instituto Nacional Electoral La reforma constitucional en materia política-electoral aprobada por el H. Congreso de la Unión, así como por la mayoría de las legislaturas de los estados, publicada el 10 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, rediseña sustancialmente nuestro régimen electoral. Su objetivo principal es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y así, garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. El aspecto más sobresaliente de la reforma es la transformación del Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE). La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en la conformación del INE participarán ciudadanos, representantes del Poder Legislativo de la Unión y de los Partidos Políticos Nacionales, por lo que le otorga independencia para su funcionamiento y toma de decisiones, así como personalidad jurídica y patrimonio propios.
¿Por qué es una autoridad de carácter nacional?
El INE, además de organizar los procesos electorales federales, se coordinará con los organismos electorales locales para la organización de los comicios en las entidades federativas. De esta forma, será más fácil para la ciudadanía participar en los procesos electorales y ejercer su derecho al sufragio.
Nuevas funciones del INE para fortalecer la democracia
A petición de los partidos políticos, podrá organizar la elección de sus dirigentes.
¿Cómo Se fortalecen las condiciones de equidad durante las elecciones, al mejorar la impartición de justicia electoral y hacer más eficiente la imposición de sanciones
a) Exceder el gasto de campaña autorizado en un 5%.
b) Comprar tiempo o cobertura informativa en radio y televisión.
c) Recibir o usar recursos ilícitos o públicos. Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento.
Mejor fiscalización de los recursos de los partidos políticos
Se establecen obligaciones para vigilar de modo más efectivo el uso de recursos que hacen los partidos durante las campañas, lo que fortalecerá la transparencia y la equidad en las contiendas.
Credencial para Votar con Fotografía
La Credencial para Votar con Fotografía, que emplean millones de ciudadanos para identificarse y ejercer su derecho a voto, conservará su vigencia
Nuevas Leyes Reglamentarias en Materia Electoral
El cumplimiento de las actividades del INE se desarrolla con base en los siguientes elementos:
* Misión y visión
* Estructura orgánica>
Misión del INE
Contribuir al desarrollo de la vida democrática, garantizando el ejercicio de los derechos político-electorales de la sociedad a través de la promoción de la cultura democrática y la organización de comicios federales en un marco de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad
Visión del INE
El Instituto Nacional Electoral se consolida como un organismo público autónomo, transparente y eficiente, en el que la sociedad cree y deposita plenamente su confianza, que se distingue por proporcionar servicios cada vez más confiables y de mayor calidad a la ciudadanía y ser el principal promotor de la cultura democrática en el país.
Fines del INE
Principios Rectores
Certeza Todas las acciones que desempeñe el Instituto Nacional Electoral estarán dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean completamente verificables, fidedignos y confiables.
Legalidad En el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, el Instituto Nacional Electoral debe observar escrupulosamente el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamenta.
Independencia Es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido.
Imparcialidad En el desarrollo de sus actividades, todo el personal del Instituto Nacional Electoral debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política.
Máxima Publicidad Todos los actos y la información en poder del Instituto Nacional Electoral son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias.
Objetividad La objetividad implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer institucional.
Actividades fundamentales
Además de realizar todas las actividades relacionadas con la preparación, organización y conducción de los procesos electorales federales, la Constitución y la legislación electoral le ordenan al Instituto Nacional Electoral realizar otras actividades, entre las que se encuentran las siguientes:
. Estructura orgánica
Para la realización de sus actividades, el Instituto Nacional Electoral cuenta con una sede central ubicada en el Distrito Federal, 32 delegaciones (una en cada entidad federativa) y 300 subdelegaciones (una en cada distrito electoral en que se divide el país).
El personal que labora en ellas se divide en dos cuerpos de funcionarios, integrados en un Servicio Profesional Electoral y una rama administrativa y cuenta con la siguiente estructura orgánica:
Órganos Directivos
Órganos Técnico-Ejecutivos
Órganos de Vigilancia
Consejo General
Es el órgano superior de dirección de todo el Instituto, responsable de vigilar el cumplimiento con las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, y velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades de la institución. Integración
Los integrantes del Consejo General con derecho a voz y voto son: 1 Consejero Presidente 10 Consejeros Electorales Los Consejeros Electorales son electos por el voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados mediante el procedimiento descrito en el apartado A, base V el Artículo 41 Constitucional.
Los integrantes con voz pero sin voto son: Los Consejeros del Poder Legislativo (Uno por cada fracción parlamentaria representada en el Congreso de la Unión) Los representantes de los partidos políticos nacionales (Uno por cada partido que cuente con reconocimiento legal) El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (Nombrado por las 2/3 partes del Consejo General a propuesta del Consejero Presidente)
Comisiones del Consejo General
Para atender los asuntos bajo su responsabilidad, los miembros del Consejo General del INE conforman los siguientes tipos de comisiones:
PERMANENTES La ley dispone el funcionamiento permanente de seis comisiones del Consejo General, que se integran exclusivamente por Consejeros Electorales: •Capacitación Electoral y Educación Cívica
TEMPORALES El Consejo General integrará las comisiones temporales que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, las que siempre serán presididas por un consejero electoral.
Consejos Locales y Distritales
Consejos Locales Son los órganos de dirección constituidos en cada una de las 32 entidades federativas que, a diferencia del Consejo General, únicamente se instalan y sesionan durante los procesos electorales federales. Integración Integrantes con derecho a voz y voto:
Integrantes con voz pero sin voto:
.
Principales Atribuciones del Consejo local
.4. Efectuar el cómputo de entidad federativa de la elección de senadores por el principio de representación proporcional.
Principales atribuciones del Consejo Distrital
Órganos Técnico Ejecutivos
Junta General Ejecutiva
Juntas Locales Ejecutivas
Juntas Distritales Ejecutivas
Junta General Ejecutiva
Es el órgano ejecutivo y técnico de mayor jerarquía. Se encarga de instrumentar las políticas y programas generales del Instituto y cumplir con los acuerdos y resoluciones aprobados por el Consejo General. La Junta General Ejecutiva está integrada por: • El Presidente del Consejo General, quien la preside. • El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral. • Los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, Prerrogativas y Partidos Políticos, Organización Electoral, Servicio Profesional Electoral, Capacitación Electoral y Educación Cívica y Administración. • El titular de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos y el contralor general podrán participar, a convocatoria del Consejero Presidente, en las sesiones de la Junta General Ejecutiva. Al Secretario Ejecutivo del Instituto le corresponde coordinar la Junta General Ejecutiva, así como conducir la administración y supervisar el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del INE
Juntas Locales Ejecutivas
Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada entidad federativa. Integración de las Juntas Locales Ejecutivas:
Juntas Distritales Ejecutivas
Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada uno de los 300 distritos electorales uninominales, los cuales tienen sede en la cabecera de cada uno de los distritos.
Al igual que las Juntas Locales, estas se integran por un total de cinco miembros:
El cargo de Vocal Ejecutivo lo asume y ejerce el Consejero Presidente del Consejo Distrital, quien es designado por el Consejo General. Los funcionarios de estas juntas también están adscritos al Servicio Profesional Electoral.