LAS FUNCIONES DEL REY
Corresponde al Rey:
Artículo 62
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
ATRIBUCIONES DEL REY
SUCESIÓN AL TRONO.
LA REGENCIA.
AL REY LE CORRESPONDE:
-Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse
internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
INVIOLABILIDAD DEL REY.
-La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
-Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por
los Ministros competentes.
-De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
TUTELA DEL REY.