Qué significa la dinámica jurídica y la estática jurídica
Dinámica jurídica trata de derecho de crédito: cómo organizar el intercambio
Dinámica estática trata de derecho real: cómo organizar la atribución
Tres elementos del derecho real
Facultad de las personas sobre cosas
La inmediatividad
La eficacia erga omnes
En cuanto a la ESTRUCTURA, qué es la distinción entre derecho real y de crédito
Sujetos
Objeto
Acción defensa o ejercicio
En qué tres modos se puede comparar derecho real y crédito
Estructura
La vida
Publicidad
En cuanto A LA VIDA, qué diferencia hay entre crédito y real
Nacimiento
Ejercicio
Extinción
En cuanto a la PUBLICIDAD, qué diferencia hay entre crédito y real
Crédito: no hace falta, porque son de carácter relativo, libertad de forma
Real: la forma es muy importante en adquisición
Qué son los tipos de derechos reales
Posesión
Derecho Real pleno: propiedad (Iura in re)
Derecho real limitado (Iura in re aliena)
Cuales son los derechos reales discutidos
Arrendamiento
- tesis tradicional: es derecho personal y relativo. Problema: hay arrendamiento que se inscriben
Derecho de retención : semejante a prenda
Opción de compra
Tanteo
Retracto
Puede un sujeto de derecho por su propia voluntad crear nuevos tipos de derechos reales? Autonomía en la creación del derechos reales
En España según jurisprudencia: Sí, pero hay requisitos:
Qué es sistema números apertus o clausus
Númerus apertus: siglo X a XVIII.
Ventajas:
Desventaja:
En qué código se hace numerus clausus
BGB alemán 1900
En cuanto al Derecho Español, la autonomía en creación de derechos reales, qué son los textos relevantes
DGRN: Dirección General del Registro Nacional
CC
- 1255: pueden establecer los pactos etc siempre que no sean contrarios
LH
- son inscribible los títulos referidos a derecho de usufructo etc.. Y otros cualquiera reales
RH
- también son inscribibles… Cualquier acto o contrato de trascendencia
Pero derogado
En cuanto a la creación autónoma de derecho real, qué traes tesis hay en doctrina española
Tesis amplísima (Albaladejo)
Tesis intermedia
Numerus clausus
Seis facultades importantes de cualquier derecho real
Realización directa de interés
- no hace falta que se realice por otro.
Facultad de exclusión
Oponer la titularidad real (Oponibilidad)
- desde la constitución del derecho, oponer a cualquiera
Facultad de persecución
- no importa dónde esté
- lesiones fácticos (producido por vía de hechos, en la posesiones, con acción posesorias)
- lesión jurídica: a derecho de otro que contradice el mío. Con o sin manifestación posesoria.
Defensa: petitoria, declarativa, negatoria, otro
Disposición
- puede gravar el bien, o renunciarlo
Preferencia
- prior in tempore, potior in iure
Qué sistemas de adquisiciones hay en CC
Ocupación
Transmisión
Prescripción (usucapión)
Qué son dos modos de adquirir?, y qué son
Originario: sin apoyar en otro derecho preexistente
Derivativo: se apoyan a un derecho preexistente
Qué es el sistema español de adquisición comparando con el sistema francés y alemán
Consensual (Francés)
- título basta
Abstracto (Aleman)
Sistema de título y modo (Español)
Qué es traditio
Equivale a entrega, traspaso posesorio
Qué son las formas
Pueden ser corporal, instrumental, consensual y entrega de documentos
Instrumental: escritura pública para inmuebles
Entrega de llaves
Es la inscripción constitutiva de derecho real
NO. Es solo declarativa, da publicidad jurídica
Dos principios de adquisiciones a non dominó
Nadie puede transmitir a otro lo que no tiene
Solo puede adquirirse válidamente la propiedad y demás derechos reales de quién es su propietario
Dónde se regula la adquisición a non dominó, y qué dice
CC 464
Qué ley trata de adquisiciones a non dominó de bienes INMUEBLES
LH 34
Si alguien adquiere un bien inmueble
Confiando en el Registro
Se le tendrá por propietario
Regla: adquisición de buena fe + título oneroso de quien en el Registro aparece como tiene poder de disposición para transmitirlo + inscripción = consolida la adquisición como dueño
Cómo se puede perder un derecho real
Física : destrucicion del bien
Jurídica: salida de comercio del bien (expropiación)
Económica: desaparición absoluta de la utilidad económica del bien (el bien deviene inepto para finalidad económica)
Consolidación: concurren el mismo sujeto titularidad de propiedad y derecho real limitado
Renuncia o derrelicción
Prescripción