¿Cuáles son las características del contrato de mutuo?
¿Cómo define nuestro CC el contrato de mutuo?
Art. 2196: “El mutuo o préstamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles con cargo a restituir otras tantas del mismo género y calidad”.
¿Qué clase de bienes pueden darse en mutuo?
Bienes FUNGIBLES.
¿Cuáles son los efectos del contrato de mutuo?
A) OBLIGACIONES DEL MUTUARIO: Restituir cosas de igual género y calidad.
B) OBLIGACIONES DEL MUTUANTE: En principio ninguna. Eventualmente, indemnizaciones acorde a reglas del comodato.
En el mutuo… ¿En qué época debe hacerse la restitución de la cosa?
Se fija por convención o por ley. Si no se estipula, debe dejarse pasar al menos 10 días luego de la entrega.
¿Se puede anticipar el pago en el mutuo?
¿Se permite el anatocismo (intereses sobre intereses) en Chile?
Sí, gracias a la ley 18.010, pero sólo en períodos de 30 días.