Artículos del 14 al 30
Artículo 14 – Igualdad ante la ley (=)
Artículo 15 – DERECHO A LA VIDA ❤️
Artículo 16 - LIBERTAD IDEOLÓGICA Y RELIGIOSA ⛪
Artículo 17 - DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL 🕊️+🚶
1
* Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2
* El domicilio es inviolable (consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito)
3
* Secreto de las comunicaciones, salvo resolución judicial.
4
* La ley limitará el uso de la informática
Artículo 18 - DERECHO A LA INTIMIDAD. INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO 🏠+🔐
Artículo 19 - LIBERTAD DE RESIDENCIA Y CIRCULACIÓN 🚓
1
* Derechos:
a) Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones
b) Producción y creación literaria, artística, científica y técnica
c) Libertad de cátedra
d) Información veraz
2
* No puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa
3
* La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público
4
* Libertades tienen su límite, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia
5
* Secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial
Artículo 20 – LIBERTAD DE EXPRESIÓN 🗨️
1
* Derecho de reunión pacífica y sin armas, no necesitará autorización previa
2
* Reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad. Podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes
Artículo 21 – DERECHO DE REUNIÓN 👥👥
1
* Derecho de asociación
2
* Fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3
* Deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad
4
* Sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada
5
* Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
Artículo 22 – DERECHO DE ASOCIACIÓN 🤝
1
* Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal
2
* Acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos
Artículo 23 – DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLITICA 🗳️
1
* Tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
2
a) Derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley
b) Defensa y a la asistencia de letrado
c) Ser informados de la acusación formulada
d) Proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías
e) Utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa
f) No declarar contra sí mismos
g) No confesarse culpables
h) Presunción de inocencia
Artículo 24 - PROTECCIÓN JUDICIAL DE LOS DERECHOS (Tutela judicial efectiva) ⚖️
1
* Nadie puede ser condenado o sancionado, según la legislación vigente en aquel momento
2
* Las penas privativas de libertad y las medidas no podrán consistir en trabajos forzados. Tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad
3
* La Administración civil no podrá imponer sanciones que impliquen privación de libertad
Artículo 25 - PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL. REMUNERACIÓN DE LOS RECLUSOS 🔨
Artículo 26 -PROHIBICIÓN DE LOS TRIBUNALES DE HONOR ❌⚖️
1
* Derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza
2
* Derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral
4
* Enseñanza básica es obligatoria y gratuita
5
* Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza
6
* Personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes
7
* Profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos
8
* Poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo
9
* Poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca
10
* Autonomía de las Universidades
Artículo 27 - LIBERTAD DE ENSEÑANZA. DERECHO A LA EDUCACIÓN 📚
1
a) Derecho a sindicarse libremente
b) Ley, limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos
c) Derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección
d) Derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas
c) Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato
2
a) Derecho a la huelga
b) Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías de los servicios esenciales de la comunidad
Artículo 28 - LIBERTAD DE SINDICACIÓN Y DERECHO A LA HUELGA ✊
1
* Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva
2
* Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica
Artículo 29 - DERECHO DE PETICIÓN ✉️
2
* Objeción de conciencia (Exencion servicio militar obligatoria)
Artículo 30 – Servicio militar y objeción de conciencia –