¿Qué es un imputado?
El sujeto al que se le carga la responsabilidad por el hecho delictivo que se investiga
Se le denomina imputado a toda persona señalada formalmente como autor o partícipe de un delito.
Según el Artículo 120, ¿qué se requiere para adquirir la calidad de imputado?
Una indicación imputativa de cualquier forma
No es necesaria una declaración jurisdiccional expresa.
¿Qué integra el objeto procesal junto con el imputado?
El hecho
El imputado y el hecho son componentes esenciales del proceso.
¿Qué puede dar origen a la sindicación atributiva de responsabilidad?
No se requiere acumulación previa de prueba para la sindicación.
La calidad de imputado abarca toda la duración del proceso y habilita el ejercicio de qué derechos?
Derechos previstos por el Código
Desde la etapa incipiente hasta la finalización del proceso.
¿Cómo se denomina al imputado cuando se arriman elementos probatorios y surge la sospecha de responsabilidad?
Procesado
La situación de imputado evoluciona a procesado cuando hay más elementos de juicio.
¿Qué derecho tiene el imputado respecto a su aprehensión/detención?
A ser informado de las razones y la autoridad que la ordenó
También tiene derecho a recibir copia de la orden judicial si existe.
¿Qué derecho tiene el imputado a solicitar respecto a su aprehensión?
Que sea comunicada inmediatamente a un pariente o persona de confianza
Debe dejarse constancia del aviso y resultado.
¿Cuál es el derecho del imputado a guardar silencio?
No puede ser valorado como admisión de los hechos o indicio de culpabilidad
Este derecho es fundamental para la defensa.
El imputado tiene derecho a ser asistido desde el primer acto del procedimiento por un defensor de su elección. ¿Verdadero o falso?
VERDADERO
También puede ser asistido por un defensor público si no tiene medios.
¿Qué derecho tiene el imputado a declarar en presencia de su defensor?
A declarar cuantas veces quiera
Debe ser informado cada vez que manifieste su deseo de declarar.
¿Qué derecho tiene el imputado a ser informado por el Fiscal?
A presentarse ante el representante del Ministerio Público Fiscal para que se le informe sobre los hechos que se le imputan
Esto se considera una presentación voluntaria y espontánea.
¿Qué derecho tiene el imputado respecto a su dignidad?
A no ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su libre voluntad
Esto incluye no ser sometido a medidas contrarias a su dignidad.
¿Qué derecho tiene el imputado a la libre circulación en el acto procesal?
A que no se empleen medios que impidan su libre movimiento
Por ejemplo, no estar esposado durante la indagatoria.
¿Qué derecho tiene el imputado a acceder a la información sobre el proceso penal?
A acceder a toda la información disponible desde que tenga noticia de la existencia del proceso penal
Salvo que se trate de actuaciones de carácter reservado.
¿Qué se requiere para que el imputado declare de manera voluntaria?
Libertad de decisión y voluntariedad de la declaración
No pueden ser coartadas por coacción física o moral.
¿Qué ocurre si el imputado presta conformidad para declarar?
Se le invita a expresar lo que tenga por conveniente en descargo o aclaración de los hechos
La declaración se convierte en un medio de prueba.
¿Qué derecho tiene el imputado a la presentación espontánea?
A presentarse al Fiscal, aclarando los hechos e indicando las pruebas pertinentes
Esto puede hacerse personalmente o por escrito, por sí o a través de un defensor.