Conceto juridico de persona
Es el sujeto/ente de derecho. Es quien puede ser titular de derechos, ejercerlos por si mismo y contraer obligaciones.
¿Cuándo comienza la existencia de la persona humana?
Comienza con la concepcion. La ley se refiere a todos los hombres sin excepcion, desde su concepcion y hasta el fin de su existenicia, muerte. No hay seno materno por las tecnicas de reproducción asistida.
Tiempo de Concepción
La persona por nacer puede adquirir bienes, por donacion, herencia, indemnización. Le corresponde si nace con vida. Mínimo de días: 180 días (aproximadamente 6 meses) - Máximo de días: 300 días (aproximadamente 10 meses).
Prueba del nacimiento, muerte y edad
El nacimiento, sus circunstancias de tiempo y lugar, sexo y filiacion de las personas nacidas se prueba con las partidas del Registro Civil.
La muerte tambien se prueba con las partidas del Registro Civil.
Denominaciones del desarrollo de la persona humana
Persona por nacer: entre concepcion y nacimiento
Menores: desde el nacimiento hasta los 18 años.
*Niñas, niños: hasta 13
*Adolescentes: hasta 18
Adultos, mayores de edad, capaces plenos
Fin de la existencia de la Persona Humana
Se tiene que aprobar con estandares medicos aceptados. Una vez aprobada se producen los efectos legales de la disolucion del vinculo matrimonial, transmision de los derechos patrimoniales, etc.
Que y cuales son los atributos de la personalidad
Son propios de su naturaleza con el fin de su proteccion. Son cualidades que se dota a la persona, inseparables de ella y que la definen individualmente.
Estado, Nombre, Domicilio, Capacidad y Patrimonio.
Caracteres de los atributos de la personalidad
*Necesarios: Indispensables, toda persona los tiene.
*Unicos: solo un atributo de cada clase.
*Inalienables: No estan en el comercio, no pueden ser transferidos.
*Imprescriptibles: No puden adquirirse ni perderse por el transcurso del tiempo.
Estado
Solamente de las personas humanas.
Posicion o situacion juridica de una persona en relacion con otras en una sociedad: estado de la familia (hijo, padre, etc. ) y estado civil (soltero, casado, union convivencial, viudo).
El nombre
Modo de designar e identificar a una persona, es inmutable, salvo las excepciones de ley.
Partes del nombre
Nombre de pila y el nombre patronimico (apellido o nombre de familia)
El domicilio
Lugar que la ley designa asiento o sede de la persona para la producción de determinados efectos juridicos como ejercer sus derechos y obligaciones, recibir notificaciones, indicar el juez competente, etc.
Es permanente, lugar en el que realmente vive la persona o el que la ley designa para el ejercicio de sus derechos y el cumpliento de sus obligaciones.
Que es el domicilio general
Es el lugar donde la persona reside habitualmente y tiene la intención de mantener allí el asiento de su actividad, permanecer en él.
Real: Es voluntario, mutable e inviolable.
Que es el domicilio legal
Es atribuido por la ley, es unico y forzoso. El lugar donde la ley presume que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. La ley lo establece a:
1. Funcionarios publicos: Domicilio en el lugar que deben cumplir sus funciones, no siendo temporarias, periodicas o de simple comisión.
2. Los militares en servicio activo tienen su domicilio en el lugar en que estan.
3. Los transeuntes o las personas de ejercicio ambulante, como los que no tienen domicilio conocido, lo tiene en el lugar de su residencia actual.
4. Las personas incapaces lo tienen en el domicilio de sus representantes.
¿Qué es la capacidad?
Es la aptitud o posibilidad juridica de la persona de gozar o ser titular de derechos y la de ejercerlos por si mismo.
*CAPACIDAD DE DERECHO: Toda persona goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes juridicos. La ley puede privar o limitar esta capacidad respecto de hechos, simples actos, o actos juridicos determinados.
*CAPACIDAD DE EJERCICIO: Toda persona humana puede ejercer por si misma sus derecho, exceptos las limitaciones previstas.
Incapacidad
Todas las personas son, capaces de derecho. No se puede concebir la incapacidad de derecho absoluta porque significa el aniquilamiento de la personalidad.
Las incapacidades son relativas a actos determinados y/o a personas en situaciones determinadas.
Incapacidad relativa de derechos
Atribuida por la Ley a algunas personas teniendo en cuenta el orden publico o el interes general. Son prohibiciones legales que obedecen a una causa grave de orden etico.
Ej. Empleados publicos (bienes del estado bajo la administración)
Jueces, funcionarios, abogados y procuradores en los bienes litigosos en procesos que intervienen. Conyuges entre sí (evitar simular una situación), Padres con hijos bajo su responsabilidad parental.
Capacidad restringida
Imposibilidad de algunos personas de ejercer algunos de sus derechos por si mismos.
Tiene el objetivo de proteger al sujeto que por falta de desarrollo fisico o psiquico, se encuentra en una situación de desventaja o inferioridad respecto de otros sujetos, situación que trata de subsanar.
La capacidad restringida y/o la incapacidad de ejercicio se suple o salva por representación.
- Persona por nacer
- Niños o adolescentes sin grado madurez suficiente
- Persona declarada incapaz
Incapacidad de ejercicio sentencia.
Un Juez puede restringir la capacidad para determinados actos de una persona mayor de 13 años que padece una adicción o una alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad, siempre que estime que del ejercicio de su plena capacidad puede resultar un daño a su persona o a sus bienes.
Cuando la persona se encuentre absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier medio y el sistema de apoyos resulte ineficaz,
el juez puede declarar la incapacidad y designar un CURADOR.
El patrimonio y sus caracteristicas
Es el conjunto de bienes de una persona y los bienes como objetos materiales e inmateriales susceptibles de valor economico.
Caracteristicas:
*Necesario: Toda persona posee un patrimonio (aunque no posea bien alguno y solo tenga deudas).
*Garantia comun de los acreedores: Todos los bienes del deudor garantizan el cumplimiento de todas sus deudas.
*Universalidad juridica: Es una entidad abierta, independiente de los elementos que la componen.
*Inalienable: Pueden enjenarse todos los bienes pero nunca el patrimonio como universalidad juridica.
Clasificación de los derechos patrimoniales
*Derechos personales: creditorios u obligaciones, son los derechos personales vinculan sujetos entre sí (acreedor - deudor)
*Derechos Reales: Poder inmediato sobre la cosa.
*Derechos intelectuales: Facultan al creador deuna obra cientifica literaria o artistica (derecho de autor) o aplicación industrial (patentes).
Personas de existencia ideal o juridicas
Las personas juridicas son todos los entes a los cuales el ordenamiento juridico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación.
La persona juridica tiene una personalidad distinta de la de sus miembros.
Tiene una duración ilimitada a no ser que haya una ley que diga lo opuesto.
El objeto debe ser preciso y determinado.
Comienzo de la existencia de las personas juridicas
Hay algunas que requieren autorización del Estado para funcionar, como las asociaciones civiles o las fundaciones.
El acto constitutivo es lo que determina el nacimiento de las demás personas juridicas que no necesitan autorización del Estado, es el acuerdo de voluntades sobre la creación de una persona juridica, tiene caracter contractual.
Que es el estatuto
Es el instrumento donde consta el conjunto de normas referidas a la persona de existencia ideal (contrato social).
Se consta quienes la integran, el monto de su capital y destino de sus bienes.
Objeto, fines, su organización, los atributos de su personalidad, los derechos y deberes de cada uno.